En entidades de mediano y pequeño tamaño, se pone cada vez más en valor, la importancia del informe de un auditor independiente adjunto a las cuentas anuales de una entidad. Ya que un informe emitido por un auditor de cuentas independiente aporta, una seria de ventajas y beneficios como dar fiabilidad, confianza y credibilidad a los documentos a los que se adjunta.

Las auditorias de cuentas, con carácter obligatorio, se realizan por razón de tamaño, por la naturaleza de la actividad o por algún condicionante, como puede ser la recepción de subvenciones, (ver límites de auditoría). Sin embargo, éstas también pueden ser con carácter voluntario, y sus motivos pueden muy diversos, ya sea para dar fiabilidad y transparencia a las cuentas anuales frente a terceros, para que un experto realice una revisión oportuna que aporte un nivel de seguridad suficiente de que las cuentas están libres de incorrecciones materiales, para detectar las posibles debilidades de control interno, etc.

Lo cierto, es que una auditoría voluntaria tiene una serie de ventajas muy interesantes:

  • El informe genera valor y credibilidad en las cuentas, puesto que es signo de garantía de que las cuentas reflejan imagen fiel de la situación de la entidad y que, tras la revisión de un experto independiente, generan una mayor seguridad de que las cuentas están libre de incorrecciones materiales.
  • Una auditoría da tranquilidad de que la contabilidad refleja fielmente la situación del negocio.
  • Permite atraer financiación e inversores.
  • Facilita el acceso a Subvenciones y contratos públicos, entre otros.
  • Con la evaluación por parte del auditor, de los procesos, procedimientos y del control interno, se pueden detectar debilidades y deficiencias, que la entidad podría corregir oportunamente, evitando que en el futuro se comentan errores, garantizando el cumplimiento de la normativa y mejorando así, los procedimientos internos.
  • Hay que tener en cuenta, que el informe no tiene la obligación de hacerse público, es decir, acompañar a las cuentas en su depósito en el registro mercantil, por lo que el uso de este informe, queda bajo la voluntad de los que lo han solicitado. Excepto si el nombramiento no se ha inscrito en el Registro, de lo contrario, el informe de auditoría deberá acompañar las cuentas en su depósito en el Registro Mercantil.
  • Otro punto interesante, es la anticipación a una auditoría obligatoria, ya que, si una auditoría se realiza voluntariamente, con suficiente antelación a que se convierta en auditoría obligatoria, ya sea por tamaño u otra causa, se puede:
    • Detectar y corregir errores en las cuentas revisadas.
    • Evaluar y mejorar el control interno de la entidad en arras de evitar y detectar oportunamente las debilidades del control interno.
    • Permite evaluar y determinar cuáles son los criterios más adecuados en cuanto a la valoración y registro de las partidas contables.
    • El auditor podrá obtener evidencia de ciertos aspectos, como el inventario de existencias, de modo que cuando llega el momento de realizar una auditoría obligatoria, se eviten salvedades en el informe.
    • Reducción de la carga de trabajo en una auditoría obligatoria si previamente se realiza una voluntaria. Dado que habría que verificar los antecedentes y saldos de apertura, esto conllevaría un esfuerzo mayor el primer ejercicio en el que las cuentas son auditadas.
  • Además, una auditoría voluntaria puede contratarse al auditor por un periodo inferior a 3 años.
  • Se puede nombrar auditor de cuentas voluntario con posterioridad al cierre del ejercicio. Ver post sobre como nombrar auditor.

El procedimiento para realizar una auditoría voluntaria es el mismo que el de una auditoría obligatoria, salvo que no es obligatorio publicar el informe, siendo un auditor inscrito en el ROAC el que la realice.

La auditoría voluntaria puede ser motivada por acuerdo de los órganos de la sociedad, porque lo requiera un tercero o porque al menos el 5% de los socios de la sociedad lo requiera, en este último caso, para salvaguardar los intereses de los socios minoritarios, el informe debe de ser depositado en el registro mercantil.

Desde Audágora, anímanos a las sociedades a realizar auditorías voluntarias, no solo por el valor que generan a las cuentas anuales, si no por que sirven como formación y asesoramiento en el cumplimiento de la normativa, gestión del día a día y la implantación de mejoras, tanto en el ámbito administrativo como de control interno.

Si quieres realizar una consulta o solicitar presupuesto, contacta con un auditor profesional del equipo de Audágora Auditores, estaremos encantados de atenderte y te responderemos con la mayor brevedad posible.