
Informe Especial Auditoría
Para determinadas operaciones societarias es necesario un Informe de Auditoría Especial adjunto a la documentación económico-financiera de la entidad, que sea emitido por un Auditor inscrito en el ROAC.
En Audágora Auditores, somos un equipo de Auditores ROAC especializados en la emisión de informes de auditoría de diversa naturaleza.
Informe de Procedimientos Acordados
Se trata de un informe de revisión, diferente al informe de auditoría, sobre aspectos concretos de una entidad, ya sea cualquier elemento, cuenta o partida específica de los estados financieros.
Como su nombre indica se trata de un informe en el que se acuerdan los procedimientos con el auditor, determinando también el alcance y el nivel de detalle o exhaustividad del trabajo.
Los procedimientos se basan en la investigación y análisis de la evidencia documental, la inspección física de elementos, revisiones de partidas e importes, valoraciones, obtención de confirmaciones de terceros, etc. Estos procedimientos dependerán de las necesidades de la entidad.
La gran ventaja de estos informes son la flexibilidad que ofrecen y la adaptabilidad del informe emitido a la finalidad de éste.
Cada vez más, entidades ajenas a las sociedades o fundaciones, requieren de estos informes especiales de procedimientos acordados, ya sea para obtención o justificación de subvenciones como para revisiones de declaraciones de Ecoembes (informes auditoría Ecoembes), revisiones periódicas, etc.

Informe de Procedimientos Acordados
Se trata de un informe de revisión, diferente al informe de auditoría, sobre aspectos concretos de una entidad, ya sea cualquier elemento, cuenta o partida específica de los estados financieros.
Como su nombre indica se trata de un informe en el que se acuerdan los procedimientos con el auditor, determinando también el alcance y el nivel de detalle o exhaustividad del trabajo.
Los procedimientos se basan en la investigación y análisis de la evidencia documental, la inspección física de elementos, revisiones de partidas e importes, valoraciones, obtención de confirmaciones de terceros, etc. Estos procedimientos dependerán de las necesidades de la entidad.
La gran ventaja de estos informes son la flexibilidad que ofrecen y la adaptabilidad del informe emitido a la finalidad de éste.
Cada vez más, entidades ajenas a las sociedades o fundaciones, requieren de estos informes especiales de procedimientos acordados, ya sea para obtención o justificación de subvenciones como para revisiones de declaraciones de Ecoembes (informes auditoría Ecoembes), revisiones periódicas, etc.
Informe de Aumento de Capital
Para realizar un Aumento de Capital por Compensación de Créditos o con Cargo a Reservas, es necesario un informe de auditoría especial emitido por un auditor.
Si la entidad audita sus cuentas anuales, podrá ser el auditor de la entidad quién emita
informe de ampliación de capital, si la entidad no audita sus cuentas, los administradores
nombrarán un auditor, ver post como nombrar auditor.
Informe de Valoración de Acciones
Para determinar el valor de transmisión o reembolso de las acciones, es recomendable la actuación de un auditor cuando las acciones no cotizan en un mercado secundario o cuando no hay acuerdo entre las partes.
El auditor que emite un informe sobre el valor de las acciones de una entidad debe de ser distinto al auditor que audite las cuentas anuales de la sociedad.
El informe de valoración de acciones se emite por un auditor independiente a la entidad, que aplicará técnicas de valoración habituales para determinar el valor adecuado de las acciones o participaciones.
Informe de Aumento de Capital
Para realizar un Aumento de Capital por Compensación de Créditos o con Cargo a Reservas, es necesario un informe de auditoría especial emitido por un auditor.
Si la entidad audita sus cuentas anuales, podrá ser el auditor de la entidad quién emita
informe de ampliación de capital, si la entidad no audita sus cuentas, los administradores
nombrarán un auditor, ver post como nombrar auditor.
Informe de Valoración de Acciones
Para determinar el valor de transmisión o reembolso de las acciones, es recomendable la actuación de un auditor cuando las acciones no cotizan en un mercado secundario o cuando no hay acuerdo entre las partes.
El auditor que emite un informe sobre el valor de las acciones de una entidad debe de ser distinto al auditor que audite las cuentas anuales de la sociedad.
El informe de valoración de acciones se emite por un auditor independiente a la entidad, que aplicará técnicas de valoración habituales para determinar el valor adecuado de las acciones o participaciones.
Informe Emisión de Obligaciones Convertibles
En la emisión de Obligaciones Convertibles, es necesaria la actuación de un Auditor de Cuentas ROAC, para la emisión de un informe de especial asociado a la emisión de las Obligaciones Convertibles.
El auditor que emite un informe sobre el la emisión de Obligaciones Convertibles debe de ser distinto al auditor que audite las cuentas anuales de la sociedad.

Informe Emisión de Obligaciones Convertibles
En la emisión de Obligaciones Convertibles, es necesaria la actuación de un Auditor de Cuentas ROAC, para la emisión de un informe de especial asociado a la emisión de las Obligaciones Convertibles.
El auditor que emite un informe sobre el la emisión de Obligaciones Convertibles debe de ser distinto al auditor que audite las cuentas anuales de la sociedad.

Informe Auditoría de Balance
Para determinadas situaciones, como por ejemplo, para realizar una Reducción de Capital Social o convertir una Sociedad Limitada en una Sociedad Anónima, es necesario un informe de auditoría de Balance emitido por un Auditor ROAC.
Cabe destacar, que el balance que sirva para la Reducción de Capital, debe referirse a una fecha comprendida dentro de los 6 meses inmediatamente anteriores al acuerdo de reducción de capital.
Si la entidad audita sus cuentas anuales, podrá ser el auditor de la entidad, si no, serán los
administradores quién nombre al auditor, ver post como nombrar auditor.
Informe Auditoría de Balance
Para determinadas situaciones, como por ejemplo, para realizar una Reducción de Capital Social o convertir una Sociedad Limitada en una Sociedad Anónima, es necesario un informe de auditoría de Balance emitido por un Auditor ROAC.
Cabe destacar, que el balance que sirva para la Reducción de Capital, debe referirse a una fecha comprendida dentro de los 6 meses inmediatamente anteriores al acuerdo de reducción de capital.
Si la entidad audita sus cuentas anuales, podrá ser el auditor de la entidad, si no, serán los
administradores quién nombre al auditor, ver post como nombrar auditor.
Informes IFRS
Informes de reporting a la matriz del grupo de sociedades. El envío del reporting auditado es fundamental, para la elaboración de la información consolidada, el control de las filiales y la toma de decisiones.
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