Ley Crea y Crece
El 29 de septiembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento Empresarial, o lo que es lo mismo la Ley “Crea y Crece”.
Esta ley de creación y crecimiento de empresas tiene como objeto lo siguiente:
- Creación de nuevas empresas.
- Mejorar la regulación para el desarrollo de actividades económicas.
- Reducir la morosidad comercial.
- Facilitar el acceso a la financiación.
En definitiva, esta ley lo que pretende es facilitar la creación de nuevas empresas por un lado y reducir las trabas a las que se enfrentan cuando quieren crecer, ya sea por un motivo regulatorio o por un motivo financiero.
Fomentar la creación de nuevas empresas
Entre las medidas para agilizar la creación de empresas, están las siguientes:
Capital social mínimo. Se modifica el artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital, de manera que el capital social mínimo para poder crear una sociedad de responsabilidad limitada será de 1 euro (3.000 euros según la LSC. Hasta que no alcance los 3.000 euros la sociedad deberá destinar el 20% del beneficio a reserva legal hasta que dicha reserva y el capital social no alcancen los 3.000 euros. En caso de liquidación si el patrimonio no es suficiente, responderán los socios solidariamente con la diferencia entre los 3.000 euros y la cifra de capital suscrito.
Constitución de sociedades de responsabilidad limitada de forma íntegra por medios telemáticos. Será posible crear una sociedad de responsabilidad limitada íntegramente telemática a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).
Constitución de sociedades de responsabilidad limitada mediante escritura pública en formato estandarizado y estatutos tipo.
Regular el desarrollo de actividades económicas
Entre las medidas para mejorar la regulación y eliminar obstáculos, están las siguientes:
Todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales, según el artículo 12 de la nueva ley. Se trata de una medida para digitalizar las relaciones empresariales, reducir costes de transacción y facilitar la transparencia en el tráfico mercantil. Esta medida no afecta a consumidores finales. Para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones deberán cumplir esta condición al año de aprobarse el desarrollo del reglamento. Para el resto, a los dos años de aprobarse. Las multas por no cumplir con esta condición podrán ser de hasta 10 mil euros.
La mayor parte de las barreras y obstáculos a la unidad de mercado se eliminan adoptando los criterios de buena regulación económica.
Reducir la morosidad comercial
Entre las medidas para luchar contra la morosidad comercial, están las siguientes:
Se modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre de medidas de lucha contra la morosidad, de manera que las sociedades cotizadas y que no presenten cuentas anuales abreviadas, tendrán la obligación de incluir en la memoria de las cuentas anuales su periodo medio de pago a proveedores, la del volumen monetario y el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a sus proveedores. En el caso de sociedades cotizadas lo publicarán en la página web y en el caso de las que no son cotizadas y no presentan cuentas anuales abreviadas, si la tienen.
Las empresas que incumplan lo comentado en el párrafo anterior, no podrán ser beneficiarias de subvenciones cuyo importe sea superior a 30.000 euros. Para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada será necesario acreditar mediante informe emitido por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, de que se cumplen los plazos legales de pago. El auditor deberá emitir un Informe de Procedimientos Acordados. El auditor podrá recurrir a la Guía técnica del REA y la Guía de actuación del ICJCE son buenas herramientas en relación a los procedimientos a seguir por el auditor y el tipo de informe a emitir.
Según el artículo 217 de la ley “Crea y Crece” las Administraciones Públicas y demás entes públicos contratantes deberán comprobar que se cumplen los pagos de los contratistas adjudicatarios de los contratos públicos.
Facilitar el acceso a la financiación
Por último, tenemos las medidas para poder potenciar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial, flexibilizando los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo.
Las plataformas de financiación participativa (o plataformas crowdfunding) son empresas cuya actividad consiste en poner en contacto a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a otras personas físicas o jurídicas que las solicitan con el fin de destinarlo a un proyecto concreto.
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