Contabilización de un factoring
En muchas ocasiones, tanto las pequeñas (pymes) como las grandes empresas, solicitan el servicio de factoring a sus entidades bancarias. ¿Pero en qué consiste realmente este servicio de factoring?
En este post intentamos dar respuesta a esta pregunta de una manera sencilla y con un ejemplo ilustrativo.
¿Qué es un factoring?
El factoring es una cesión de créditos que un cedente (la empresa) entrega a favor de una entidad de factoring (factor) para que ésta se encargue de la gestión de sus cobros frente a terceros. De esta manera, y a través del factoring, las empresas anticipan el cobro de las facturas emitidas a sus clientes a cambio de una serie de costes. Las empresas obtienen liquidez desde el mismo momento casi de emitir la factura, independientemente de las condiciones pactadas.
En cuanto a las partes que participan en el factoring, y resumiendo lo dicho anteriormente, nos encontramos con:
- El cedente: La sociedad que solicita a la entidad de factoring (bancos, caja de ahorros u otras entidades especializadas) la gestión de sus facturas pendientes de cobro.
- Entidad de factoring o factor: La entidad que se ocupa de esta gestión de cobro a cambio de unos costes.
- El deudor: La sociedad que tiene la obligación del pago de la factura al factor.
¿Pero cuál es realmente el servicio que se realiza? Este dependerá del contrato de factoring que se contrata.
Factoring con y sin recurso
Dependiendo de quién asuma el riesgo de insolvencia del deudor, tendremos un factoring sin recurso o con recurso.
- Factoring sin recurso: En este caso la deuda y el riesgo de insolvencia es asumido por la entidad de factoring, es decir si el cliente no paga, la empresa factoring asumiría la pérdida. Para ello suele existir una parte del nominal del crédito como garantía del impago.
- Factoring con recurso: En este caso la deuda y el riesgo de insolvencia es asumido por la sociedad que contrata el servicio (el cedente).
Evidentemente, el factoring sin recurso tiene un mayor coste para la entidad cedente del crédito.
A continuación, cuando veamos un ejemplo de ambos casos, intentaremos profundizar un poco más.
Ejemplo de la contabilización de un factoring con recurso
La Sociedad «A» realiza una venta a la Sociedad «B» de 25.000 euros con un vencimiento a 60 días.
Datos de la factura:
Concepto | Importe |
Importe de la Factura: | 25.000,00 |
IVA de la Factura: | 4.338,84 |
Importe Neto de la Factura: | 20.661,16 |
Lo primero de todo, aclarar que realizaremos la contabilidad únicamente de la Sociedad “A”.
El asiento a realizar en el momento de la venta será:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
430 | Clientes | 25.000,00 | |
700 | Venta de mercaderías | 20.661,16 | |
477 | Hacienda Pública, IVA Repercutido | 4.338,84 |
La Sociedad «A» acude a una entidad de factoring para anticipar el cobro. Las condiciones del contrato son las siguientes:
Concepto | Importe |
Tipo de descuento anual del 5% | 205,48 |
Anticipo de cobro | 25.000,00 |
Comisión del 1 % | 250,00 |
- Cálculo tipo de descuento anual del 5 % = (25.000,00*(5%*60/365)) = 205,48 euros.
- Comisión del 1 % = (25.000 * 1%) = 250,00 euros.
- Anticipo del cobro (25.000,00 – 208,33 – 250,00) = 24.541,67 euros.
A la fecha de transmisión del derecho de cobro, se realiza una reclasificación entre cuentas de clientes para tenerlo identificado:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
432 | Clientes, operaciones de «factoring» | 25.000,00 | |
430 | Clientes | 25.000,00 |
Y realizamos el asiento de cobro, teniendo en cuenta los intereses y las comisiones:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
572 | Bancos e instituciones de crédito | 24.544,52 | |
665 | Intereses por descuento de efectos y operaciones de factoring | 205,48 | |
626 | Servicios bancarios y similares | 250,00 | |
5209 | Deudas por operaciones de «factoring» | 25.000,00 |
Al vencimiento de la factura, que como hemos comentado es a los 60 días, la Sociedad “B” paga y se cancela la deuda.
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
5209 | Deudas por operaciones de «factoring» | 25.000,00 | |
432 | Clientes, operaciones de «factoring» | 25.000,00 |
Impago del deudor factoring con recurso
Veremos la contabilización si la sociedad «A» tiene contratado un factoring con recurso y no tiene seguro de crédito que cubra el impago. La entidad de factoring le solicitará el pago anticipado y se realizará el siguiente asiento:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
5209 | Deudas por operaciones de «factoring» | 25.000,00 | |
572 | Bancos e instituciones de crédito | 25.000,00 |
Ejemplo de la contabilización de un factoring sin recurso
La Sociedad «A» realiza una venta a la Sociedad «B» de 100.000 euros con un vencimiento a 60 días.
Datos de la factura:
Concepto | Importe |
Importe de la Factura: | 100.000,00 |
IVA de la Factura: | 17.355,37 |
Importe Neto de la Factura: | 82.644,63 |
Lo primero de todo, aclarar que realizaremos la contabilidad únicamente de la Sociedad “A”.
El asiento a realizar en el momento de la venta será:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
430 | Clientes | 100.000,00 | |
700 | Venta de mercaderías | 82.644,63 | |
477 | Hacienda Pública, IVA Repercutido | 17.355,37 |
La Sociedad «A» acude a una entidad de factoring para anticipar el cobro a través de un factoring sin recurso. Las condiciones del contrato son las siguientes:
Concepto | Importe |
Tipo de descuento anual del 5% | 833,33 |
Anticipo de cobro | 100.000,00 |
Importe retenido 10 % s/nominal | 10.000,00 |
Comisión del 1 % s/nominal | 1.000,00 |
- Cálculo tipo de descuento anual del 5 % = ((100.000,00*5 %) * (60/360)) = 833,33 euros.
- Comisión del 1 % = (100.000 * 1%) = 1.000,00 euros.
- Retención sobre el nominal del 10% = (100.000 * 10%) = 10.000,00 euros.
Se contabiliza el cobro anticipado del importe factura, clasificando la retención del 10% en una cuenta de factoring.
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
572 | Bancos e instituciones de crédito | 88.166,67 | |
665 | Intereses por descuento de efectos y operaciones de factoring | 833,33 | |
432.X | Clientes, operaciones de «factoring» (Retención) | 10.000,00 | |
626 | Servicios bancarios y similares | 1.000,00 | |
432 | Deudas por operaciones de «factoring» | 100.000,00 |
A los 60 días llega el vencimiento de la factura y la Sociedad «B» paga, cancelando la deuda. Por lo que la Sociedad A recupera el importe retenido por la entidad de Factoring.
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
572 | Bancos e instituciones de crédito | 10.000,00 | |
432.X | Clientes, operaciones de «factoring» | 10.000,00 |
Impago del deudor factoring sin recurso
Veremos cómo contabiliza la Sociedad «A» la insolvencia del deudor si lo que ha contratado es un factoring sin recurso.
En caso de que al vencimiento de la operación se produjera un impago del cliente B. La Sociedad A perdería la retención a favor de la entidad de Factoring.
Por la pérdida de la retención:
CUENTA | TÍTULO | DEBE | HABER |
650 | Pérdidas de créditos comerciales incobrables | 10.000 | |
432 | Clientes, operaciones de «factoring» | 10.000 |
Diferencias entre Factoring con recurso y Factoring sin recurso
En conclusión, las principales diferencias son en quien recae el riesgo de insolvencia.
- Factoring sin recurso: En este caso la deuda y el riesgo de insolvencia es asumido por la entidad de factoring, es decir si el cliente no paga, la empresa factoring asumiría la pérdida. Para ello suele existir una parte del nominal del crédito como garantía del impago. La entidad de factoring no podrá solicitar a la Sociedad «A» el dinero anticipado como consecuencia del impago del deudor.
- Factoring con recurso: En este caso la deuda y el riesgo de insolvencia es asumido por la sociedad que contrata el servicio (el cedente). La entidad de factoring, sí podrá solicitar el dinero anticipado a la Sociedad «A» si llegado el vencimiento la Sociedad «B» no paga.
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